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27 de julio de 2026 · Administración GESTRIAU

Régimen Simple de Tributación vs. régimen ordinario: ¿cuál le conviene a su empresa?

Elegir entre el Régimen Simple de Tributación y el régimen ordinario puede significar un ahorro importante o una carga innecesaria. Conozca las diferencias clave para tomar la mejor decisión.

¿Por qué importa elegir bien el régimen tributario?

Una de las decisiones más relevantes para cualquier pequeña o mediana empresa en Colombia es elegir cómo va a tributar. Desde la Ley 1943 de 2018, ratificada por la Ley 2010 de 2019, existe el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) como alternativa al régimen ordinario del impuesto de renta. Conocer las diferencias le permite optimizar su carga fiscal y simplificar sus obligaciones formales.

¿Qué es el Régimen Simple de Tributación?

El SIMPLE es un modelo de tributación unificado que integra en un solo impuesto varias obligaciones:

  • Impuesto de renta (nacional)
  • Impuesto de industria y comercio (ICA, municipal)
  • Impuesto al consumo en algunos casos

Esto significa que, en lugar de liquidar y pagar cada impuesto por separado, la empresa realiza anticipos bimestrales y una declaración anual consolidada. El trámite es más sencillo y el costo administrativo, menor.

¿Quiénes pueden optar por el SIMPLE?

Pueden inscribirse las personas naturales o jurídicas que cumplan estas condiciones:

  • Ingresos brutos del año anterior inferiores a 100.000 UVT (aproximadamente $4.740 millones para 2025).
  • Que no sean sociedades extranjeras ni entidades financieras.
  • Que no tengan pérdidas fiscales acumuladas.
  • Que estén al día con sus obligaciones tributarias.

Tarifas del SIMPLE

Las tarifas varían entre el 1,8% y el 14,5% sobre los ingresos brutos, dependiendo de la actividad económica y el rango de ingresos. Las actividades de comercio al por menor y servicios de restaurante, por ejemplo, tienen tarifas más bajas que las actividades profesionales o de consultoría.

¿Qué es el régimen ordinario?

En el régimen ordinario, la empresa tributa sobre la renta líquida gravable —es decir, ingresos menos costos y deducciones— a la tarifa general del 35% para personas jurídicas (o según la tabla del artículo 241 del Estatuto Tributario para personas naturales). Además, paga el ICA por separado ante el municipio correspondiente.

Este régimen es más flexible para empresas con altos costos y deducciones, ya que la base gravable puede reducirse significativamente.

¿Cuál conviene más?

No hay una respuesta única, pero como regla práctica:

  • Si su empresa tiene márgenes de ganancia bajos y muchos costos, el régimen ordinario suele ser más conveniente porque tributa sobre la utilidad, no sobre los ingresos.
  • Si su negocio tiene márgenes altos y pocos costos deducibles (servicios profesionales, por ejemplo), el SIMPLE puede resultar más económico y administrativamente más simple.
  • Para negocios pequeños con ventas directas al consumidor, el SIMPLE simplifica enormemente el cumplimiento tributario.

Recomendación final

Antes de inscribirse o de seguir en el régimen ordinario, haga una proyección comparativa con su contador. Evalúe el impacto real en su flujo de caja y en la carga administrativa. Recuerde que la inscripción al SIMPLE se realiza hasta el 28 de febrero de cada año, por lo que es una decisión que debe tomarse con anticipación.

En Gestriau estamos listos para ayudarle a simular ambos escenarios y elegir la opción que más le favorezca. Contáctenos y hagamos juntos ese análisis.

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