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18 de julio de 2026 · Administración GESTRIAU

DIAN ajusta el calendario tributario de julio de 2026 por nuevo festivo: lo que su empresa debe saber

Un nuevo festivo nacional obligó a la DIAN a recorrer los vencimientos de IVA, retención en la fuente, renta de personas jurídicas y Régimen Simple en julio de 2026. Conozca las nuevas fechas según el último dígito de su NIT.

¿Por qué cambiaron las fechas tributarias de julio?

Si usted o su empresa tienen obligaciones tributarias este mes, preste atención: la DIAN ajustó su calendario de vencimientos para julio de 2026. El motivo es concreto y reciente.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ajustó el calendario de vencimientos tributarios de julio de 2026 tras la expedición de la Ley 2578 de 2026, que incorporó un nuevo día festivo al calendario oficial del país y modificó el conteo de días hábiles. Específicamente, el 1 de junio el Congreso de la República oficializó esa jornada de celebración nacional para conmemorar a la comunidad chiquinquireña por sus aportes al desarrollo del departamento, trasladándola al lunes 13 de julio.

El efecto práctico es simple: un día hábil menos en el mes obliga a mover hacia atrás ciertas fechas límite para que los contribuyentes no sean sancionados por vencimientos que caigan en día no laborable.

¿Qué impuestos y obligaciones están afectados?

Las nuevas fechas de vencimiento aplican para obligaciones relacionadas con el impuesto nacional al consumo, la segunda cuota del impuesto sobre la renta de personas jurídicas, la presentación y pago del anticipo del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE), el impuesto sobre las ventas (IVA) de periodo bimestral y las obligaciones derivadas de la retención en la fuente.

Es importante aclarar que estos cambios afectan exclusivamente a julio de 2026 y solo para determinados impuestos y contribuyentes; el resto del calendario tributario permanece igual.

¿Cuál es su fecha límite según el NIT?

Los nuevos plazos se distribuyeron entre el 9 y el 24 de julio, de acuerdo con el último dígito del NIT (Número de Identificación Tributaria) del contribuyente. Por ejemplo, quienes tienen NIT terminado en 1 deben presentar sus declaraciones el 9 de julio; los de 2, el día 10; los de 3, el 14; y así sucesivamente, hasta concluir con los NIT terminados en 0, que tienen fecha límite el 24 de julio.

Recomendaciones prácticas para su empresa

  • Revise su NIT e identifique cuál es su fecha exacta de vencimiento en el nuevo calendario.
  • No espere al último día: un sistema congestionado o un error en la plataforma puede costarle sanciones e intereses de mora.
  • La DIAN reiteró la importancia de revisar el calendario actualizado directamente en sus plataformas oficiales antes de realizar cualquier trámite.
  • Si tiene dudas sobre cuál de sus obligaciones se vio afectada, consulte con su contador o con Gestriau antes de actuar.

En conclusión

Los cambios en el calendario tributario por días festivos son más comunes de lo que parecen y pueden tomar por sorpresa a muchos empresarios. La clave está en mantenerse informado y planificar con anticipación. En Gestriau hacemos seguimiento permanente a estas novedades para que usted nunca pierda una fecha importante ni pague un peso de más en sanciones.

¿Tiene dudas sobre sus obligaciones de julio? Contáctenos y con gusto lo orientamos.

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